En el Diario La Ley, Editorial Wolters Kluwer, se ha publicado hoy en Tribuna un artículo mío titulado “Teoría del delito y responsabilidad de las personas jurídicas”. Vuelvo a poner de manifiesto que no es posible recurrir a las categorías de esta teoría para establecer la (mal) llamada responsabilidad penal de estos entes. Reflexiono, además, sobre los problemas de la carga de la prueba y apunto al conflicto de intereses que hay entre la defensa de la persona jurídica y la defensa de la persona física que actuó a su nombre.
La mal llamada responsabilidad penal de las personas jurídicas
