La mal llamada responsabilidad penal de las personas jurídicas

HERNÁN HORMAZÁBAL MALARÉE

En el Diario La Ley, Editorial Wolters Kluwer, se ha publicado hoy en Tribuna un artículo mío titulado “Teoría del delito y responsabilidad de las personas jurídicas”. Vuelvo a poner de manifiesto que no es posible recurrir a las categorías de esta teoría para establecer la (mal) llamada responsabilidad penal de estos entes. Reflexiono, además, sobre los problemas de la carga de la prueba y apunto al conflicto de intereses que hay entre la defensa de la persona jurídica y la defensa de la persona física que actuó a su nombre.

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